Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura

Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura

Gobierno del Estado de México

Antecedentes

Conoce cómo la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura se ha encargado, a lo largo de los años, del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, del desarrollo urbano y la obra pública. Desde su creación, ha buscado transitar hacia un modelo de comunidades más sustentables para los mexiquenses, cumpliendo siempre las leyes que la norman, en beneficio de la población de la entidad.

 

Para ello, han sido necesarias actualizaciones constantes en su estructura, con el propósito de satisfacer las necesidades de los mexiquenses, teniendo un enfoque de vanguardia en la política urbana a fin de crear regiones y municipios más competitivos, inclusivos, ordenados y sustentables.

 

Historia de la Secretaría 

En 1981, mediante decreto, se crea la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, como un órgano encargado de ordenar los asentamientos humanos, regular el desarrollo urbano, así como proyectar y ejecutar las obras públicas del Estado de México, incluyendo también la formulación y operación de programas para el abastecimiento y tratamiento de aguas, así como el servicio de drenaje y alcantarillado.

Años después, en 1993, con la publicación del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, se instituyen en la estructura de esta Secretaría tres Subsecretarías: de Desarrollo Urbano y Vivienda; de Equipamiento Urbano y la de Infraestructura Hidráulica.

Sin embargo, en 1999 se suprime la Subsecretaría de Infraestructura Hidráulica, debido a que ésta se fusionó con la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento, para conformar al organismo público descentralizado Comisión del Agua del Estado de México. 

En 2001, se emitió un nuevo Reglamento Interior de la Secretaría Desarrollo Urbano y Obras Públicas; en donde se suprime a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y la de Equipamiento Urbano, y con ello se establece que para el funcionamiento de la Secretaría se contará con cinco Direcciones Generales: de Administración Urbana; de Operación Urbana; de Programación, Control y Normatividad de Obra Pública; de Construcción de Obra Pública y Contraloría Interna.

Con posterioridad, en el año 2002, por decreto se divide la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, para crear la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, quien tendría a su cargo el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y de regular el desarrollo urbano de los centros de población y la vivienda; asimismo, se crea la Secretaría de Agua, Obras Públicas e Infraestructura para el Desarrollo, quien se encargaría de ejecutar las obras públicas a su cargo y de promover el desarrollo de la infraestructura hidráulica y eléctrica en la entidad.

En 2003, por acuerdo del Ejecutivo del Estado, se abrogó el diverso Acuerdo que creó la Coordinación General de Proyectos Estratégicos, transfiriendo sus recursos humanos, materiales y financieros a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

Un año después, en 2004, se emitió el Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, estableciéndose como unidades administrativas de apoyo, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, así como cinco Direcciones Generales: de Administración Urbana; de Operación Urbana; de Estudios Estratégicos; de Instrumentación y Proyectos Estratégicos y de Coordinaciones Regionales.

En ese mismo año se emitió el Reglamento Interior de la Secretaría de Agua, Obra Pública e Infraestructura para el Desarrollo, en la que se precisa que para el ejercicio de sus funciones se apoyará de la Subsecretaría del Ramo y tres Direcciones Generales: de Programación, Control y Normatividad de Obra Pública; de Construcción de Obra Pública y de Electrificación.

Llegado el 2005, se emitió un nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, a través del cual se reestructuró la dependencia, a fin de referir las unidades administrativas a través de las cuales se auxiliaría para su funcionamiento, siendo estas la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, y las Direcciones Generales: de Administración Urbana, de Operación Urbana, de Coordinación y Seguimiento Operativo; Direcciones Regionales, Residencias Locales y una Unidad de Dictámenes Urbanos.

Por otro lado, ese mismo año, mediante decreto se modificó la denominación de las Secretarías de Desarrollo Urbano y Vivienda, así como de la Secretaría de Agua, Obras Públicas e Infraestructura para el Desarrollo; para quedar como Secretaría de Desarrollo Urbano; y Secretaría del Agua y Obra Pública, respectivamente.

En 2006, con la publicación del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano, se realiza una nueva reestructura suprimiendo a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, y se establecen las unidades administrativas con las cuales se auxiliará para el despacho de los asuntos, siendo las Direcciones Generales: de Administración Urbana, de Operación Urbana, de Control Urbano y Desarrollo Territorial, Subdirección de Dictámenes Urbanos, Direcciones Regionales y Residenciales Locales.

Luego en 2007, conforme al Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano, se norma una nueva estructura, suprimiendo a la Dirección General de Administración Urbana, pasando sus funciones a la Dirección General de Operación Urbana y sea crea la Dirección General de Planeación Urbana, asumiendo las funciones en materia de planeación urbana que tenía a su cargo la referida Dirección General de Operación Urbana, continuando en funciones la Dirección General de Control Urbano, las Direcciones Regionales y las Residenciales Locales.

En 2014, por decreto se fusionan la Secretaría de Desarrollo Urbano y la Secretaría de Desarrollo Metropolitano, para denominarse Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, misma que estaría a cargo del ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y de regular el desarrollo urbano de los centros de población y la vivienda, así como promover, coordinar y evaluar, en el ámbito del territorio estatal, las acciones y programas orientados al desarrollo armónico y sustentable de las zonas metropolitanas.

En el año 2015, por decreto se crea la Secretaría de Infraestructura, quien asumiría las funciones de la Secretaría del Agua y Obra Pública y de la Secretaría de Comunicaciones; en ese sentido, se le encomendaría el desarrollo y administración de la infraestructura vial primaria y de la regulación de las comunicaciones de jurisdicción local, que comprende los sistemas de transporte masivo o de alta capacidad así como de ejecutar las obras públicas que tenga a su cargo y de promover y ejecutar las acciones tendientes al desarrollo de la infraestructura hidráulica y eléctrica en la entidad.

Debido a lo anterior, se emitió el Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, en el cual se precisó que, para el desahogo de sus asuntos, se asistiría de dos Subsecretarías: la de Comunicaciones y la de Agua y Obra Pública, así como de cinco Direcciones Generales: de Vialidad; de Comunicaciones; de Administración y Construcción de Obra Pública; del Registro Público del Agua; y General de Electrificación.

Con posterioridad, en el año 2017, mediante decreto se divide la Secretaría de Infraestructura, creándose así la Secretaría de Obra Pública, encargada de ejecutar las obras públicas que tenga a su cargo y de promover y ejecutar las acciones tendientes al desarrollo de la infraestructura hidráulica y eléctrica en la entidad; sin asumir funciones en materia de comunicaciones e infraestructura de movilidad.

Años después, en 2020, mediante decreto se estableció la fusión de las Secretarías de Desarrollo Urbano y Metropolitano y la de Obra Pública, creándose la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra, quien tendría a su cargo el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos, de regular el desarrollo urbano de los centros de población y de coordinar y evaluar, en el ámbito del territorio estatal, las acciones y programas orientados al desarrollo armónico y sustentable de las zonas metropolitanas, así como de ejecutar obras públicas a su cargo, y de promover y ejecutar las acciones para el desarrollo de infraestructura en la entidad.

En septiembre de 2023, se expide la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, donde se realiza una reestructuración de las dependencias del Poder Ejecutivo del Estado, y a través de la cual se crea la Secretaría de Desarrollo Urbano e Infraestructura, asumiendo las funciones que venía desempeñando la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obra.