Según lo establecido en la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios, en el Capítulo V de la Planeación en Materia Archivística, en su Artículo 26:
“Los Sujetos Obligados deberán elaborar un informe anual detallando el cumplimiento del Programa Anual y publicarlo en su portal electrónico, informativo u homólogo, a más tardar el último día del mes de enero del siguiente año de la ejecución de dicho programa”.
De esa forma, se ponen a disposición para consulta los informes elaborados hasta la fecha.