De acuerdo con lo que establece la Ley de Archivos y Administración de Documentos del Estado de México y Municipios, en el Capítulo V de la Planeación en Materia Archivística, Artículo 23:
“Los Sujetos Obligados que cuenten con un Sistema Institucional, deberán elaborar un Programa Anual y publicarlo en su portal electrónico, informativo u homólogo en los primeros treinta días naturales del ejercicio fiscal correspondiente”.
Por lo anterior, cada año se elabora el documento correspondiente y se pone a disposición para su consulta.